Todo lo que tenes que saber: PIP: Programa de Inserción Profesional

El Programa de Inserción Profesional (PIP) busca apoyar a los profesionales residentes en la provincia de Córdoba, recientemente egresados de universidades e instituciones de Educación Superior, públicas y privadas, otorgándoles la oportunidad de realizar un período de práctica laboral-profesional, que les permita ganar en experiencia y aplicar los conocimientos académicos alcanzados.

Formulario: https://empleo.cba.gov.ar/wp-content/uploads/2019/08/Formulario-PIP-2019.pdf

Destinatarios

  • El programa PIP está destinado a profesionales sin límite de edad, que hayan egresado hasta 2 (dos) años antes del inicio de las prácticas previstas en el programa.
    • Para las mujeres con hijos a cargo, el tiempo transcurrido desde su egreso podrá ser de hasta 4 (cuatro) años.
    • Para las personas con discapacidad o trasplantadas, no hay límite de años respecto a la fecha de egreso.
  • El Programa alcanza a todos los egresados de:
    • Universidades públicas y privadas con título de grado con reconocimiento oficial.
    • Instituciones de Educación Superior en carreras de pregrado con reconocimiento oficial, con una extensión mínima de dos años y medio.
  • Los profesionales beneficiarios deberán estar matriculados de conformidad a las normas legales vigentes.

Estas condiciones se acreditarán previo al inicio de la práctica laboral.

Compatibilidades

  • Es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), la pensión por Discapacidad, o cualquier otra pensión no contributiva, pudiendo percibir los dos beneficios.
  • Es compatible con los subsidios por desempleo.
  • Es compatible para el postulante inscripto en el Monotributo hasta Categoría C.
  • Es compatible para el postulante inscripto en el Monotributo Social, Monotributo Eventual y otros similares
  • Es compatible para los Trabajadores Autónomos categoría I.
  • Es compatible con la Tarjeta Social y beneficios similares
  • Es compatible con la participación en ediciones anteriores de programas análogos.
  • Es compatible con la participación en ediciones anteriores del programa PIP, por un período no superior a los tres meses (las personas con discapacidad o trasplantadas, sí pueden superar ese plazo).

Incompatibilidades

  • Es incompatible para personas que no tengan residencia en la provincia de Córdoba.
  • Es incompatible con un empleo en relación de dependencia.
  • Es incompatible con la percepción de jubilaciones o pensiones contributivas.
  • Es incompatible con las pasantías rentadas de los profesionales universitarios.
  • Es incompatible con la percepción simultánea de programas análogos.

Cronograma

  • Período de Inscripción: 27 de agosto al 4 de octubre de 2019.
  • Período de revisión y cruces de bases de datos: 7 al 25 de octubre 2019.
  • Sorteo en Lotería de Córdoba: 28 de octubre de 2019.
  • Publicación en la web de sorteados: 29 de octubre de 2019.

Empiezan la práctica laboral a partir del 1° de noviembre, previa presentación de las Planillas de Horarios por parte de las empresas o Empleadores privados y de constancias de egreso y habilitación profesional por parte de los beneficiarios.

Asignación estímulo

  • $9.500 mensuales para los profesionales egresados de carreras universitarias de grado, que realicen 20 horas de práctica profesional semanal y, además, asistan a cursos de capacitación de no menos de 100 horas. La Asignación Estímulo será de $7.500 mensuales si el beneficiario no realiza la capacitación profesional.
  • $8.300 mensuales para los beneficiarios egresados de carreras de pregrado de instituciones de Educación Superior con reconocimiento oficial, que realicen 20 horas de práctica profesional semanal y, además, asistan a cursos de capacitación de no menos de 100 horas. La Asignación Estímulo será $6.500 mensuales si el beneficiario no realiza la capacitación profesional.

La capacitación profesional podrá realizarse en las entidades Universitarias, de Educación Superior, Consejos y Colegios Profesionales. Otras alternativas de capacitación deberán requerir la autorización previa de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo.

Los estudios superiores realizados con posterioridad al egreso de carreras universitarias de grado o de pregrado, se reconocen como capacitación profesional, siempre que la carga horaria durante el período de la práctica, sea no menor a 100 horas.

Fuente: empleo.cba.gov.ar

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