En la mañana de hoy lunes 4 de abril, la Cooperativa de Electricidad y Servicios Públicos de Arroyito Limitada emitió un comunicado reproduciendo los requisitos para gestionar la Tarifa Social de la energía eléctrica publicados por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, en su página web.
La Resolución del Ministerio MEyM Nº 6/2016 ha establecido los requisitos básicos para acceder al beneficio de la denominada Tarifa Social.
Quiénes pueden acceder a la Tarifa Social:
• Beneficiarios/as de programas sociales.
• Jubilados/as y/o pensionadas/os que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la Jubilación Mínima Nacional: $8.598,12 vigente hasta febrero 2016 inclusive.
• Trabajadores/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimo Vital y Móvil (SMVM): $12.120 vigente a partir de enero 2016.
• Personas con discapacidad.
• Inscriptas/os en el Monotributo Social.
• Empleadas/os del Servicio Doméstico.
• Personas que cobren Seguro de Desempleo.
Quiénes NO pueden acceder a la Tarifa Social
• Hogar cuyo titular haya fallecido.
• Quienes sean propietarias/os de más de un inmueble.
• Quienes sean titulares de un automotor de hasta 15 años de antigüedad.
• Quienes sean titulares de aeronaves o embarcaciones de lujo.
Dicha categorización es definida por el SINTyS (Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social) y es absolutamente dinámica, pudiendo variar de un mes a otro en función de la movilidad socio–económica del beneficiado.
Si el usuario considera que debe ser catalogado como beneficiario de la Tarifa Social y que aún así hasta el momento no ha obtenido el beneficio, deberá ingresar al formulario dispuesto en la dirección webhttp://www.minem.gob.ar/formulario, o bien llamar al teléfono 0800-333-2182, para requerir expresamente su valoración por parte de los organismos pertinentes.
En el mes de marzo pasado, accedieron a la Tarifa Social 1.864 usuarios Residenciales, lo que representa un 27,21% de los que poseen esta categoría, de los cuales solo el 16,26% ha ahorrado con respecto a igual período del año 2015.
Por su parte, 4.987 usuarios Residenciales no alcanzaron el beneficio de la Tarifa Social, lo que representa un 72,79%, de los cuales:
• un 5,65% pudo ahorrar mas de un 20%,
• un 3,05% pudo ahorrar entre un 10 y un 20% y, por último,
• un 91,30%, que no ha ahorrado con respecto a igual período del año anterior.
Cabe recordar que el resto de las categorías, como Comercial, Combinada, etc. no acceden al plan de incentivo al ahorro ni a la Tarifa Social, dispuesto en la Resolución antes mencionada.
Cada usuario puede encontrar la categoría a la cual pertenece y si incluye bonificación por ahorro en el costado derecho de la factura –al lado del gráfico de consumos de la boleta–.
Para comprobar si se ahorró energía, se debe hacer comparando en el gráfico la barra que indica los kw consumidos en el mes respecto de los consumidos en el mismo mes del año anterior –primera y última barras de consumos–.
Fuente: Prensa CESPAL.