La Cespal aplicó esta disposición en la facturación del consumo de julio y agosto de 2017.
Una Actuación de Enargas N° 21705/17, consideró la incidencia de los mayores consumos de gas natural característicos del período invernal en la facturación del servicio y su efecto en la economía de los hogares. Es por ello que resolvió la adopción, con carácter excepcional (para usuarios residenciales, quedando excluidos los beneficiarios de tarifa social y consumo cero), de la contemplación de un diferimiento de pago del 50% del monto total de las facturaciones que se emitan desde el 25 de agosto y hasta el 31 de octubre de 2017.
La Cespal aplicó esta disposición en la facturación del consumo de julio/agosto de 2017.
Este diferimiento del 50%, se adicionará en la facturación correspondiente al período septiembre/octubre de 2017.
Cualquiera de estas dos facturas podrán ser abonadas en dos cuotas mensuales iguales y consecutivas.
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